Por Eugenia Suarez Pedregal

En una provincia donde el empleo público es uno de los principales sostenes económicos, cada vez que el Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero anuncia el pago de bonos extraordinarios surge una pregunta que atraviesa silenciosamente a muchas familias:

¿Ese dinero también les corresponde a los hijos que reciben cuota alimentaria?

La respuesta jurídica es clara en la mayoría de los casos: si la cuota está fijada como un porcentaje del salario, el bono integra la base de cálculo.

Y si es un monto fijo, puede solicitarse una revisión, ya que se trata de un ingreso extraordinario que mejora la capacidad económica del progenitor. Pero detrás de lo legal, hay una realidad más profunda.

No es un “extra”, es un derecho. La cuota alimentaria no es un favor ni un castigo. Es un derecho de niños, niñas y adolescentes.

La ley argentina (Código C Y C, Art. 658-660) establece que los alimentos deben cubrir no solo comida, sino también educación, salud, vivienda, vestimenta y recreación. Cuando uno de los padres recibe un ingreso adicional, el principio es simple: los hijos también deben participar proporcionalmente de esa mejora económica.

El anuncio reciente por parte del gobernador Elías Suárez fue claro, se pagará a toda la administración pública que incluye personal policial, docentes, salud, etc. un bono «inicio ciclo lectivo», por la suma de 250 mil pesos.

En Santiago del Estero, donde miles de mujeres sostienen la crianza cotidiana, muchas veces el bono se transforma en un nuevo foco de conflicto: mensajes sin responder, depósitos incompletos o discusiones que terminan en tribunales.

Lo que dice el abogado Juan Gómez en el video: «No es embargable, pero si se puede cobrar judicialmente. Es importante solicitar mediante audiencia que se descuente el bono»

El interés superior del niño es el criterio prioritario. Una discusión que va más allá del dinero.

El debate no es solamente económico.

Es cultural. Implica entender que los ingresos extraordinarios no son “premios personales” cuando existen obligaciones alimentarias vigentes.

La pregunta final es sencilla y directa: Si mejora la economía de los progenitores, ¿por qué no debería mejorar también la del hijo?

¿La ley protege lo suficiente a los hijos en estos casos? Si vos cobraras un bono, ¿destinarías una parte automáticamente a tu hijo?

¿Te parece justo que haya que reclamar judicialmente algo que debería ser automático?

Por MDC INFO

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