Este viernes, el Gobierno nacional oficializó el decreto 426/2022, que establece que las entidades y jurisdicciones del sector público “no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza”, prohibición que comprende una gran cantidad de contrataciones.

Así, la resolución menciona “las designaciones a término en planta transitoria”, según el Artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional; “las contrataciones previstas en el Artículo 9º de la Ley Nº 25.164”; y las “contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajo eventual”.

Otras modalidades comprendidas son “las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos” para las que están facultados el jefe de Gabinete, ministros secretarios de Estado y titulares de entidades descentralizadas y fondos nacionales; así como “las designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente”.

El decreto, que lleva las firmas del Presidente, Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de la ministra de Economía, Silvina Batakis; remarca que quedan restringidas “las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia”, incluso bajo estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias. Asimismo, especifica que las limitaciones “refieren a los regímenes de contratación” del personal que “presta servicios en el ámbito del Sector Público Nacional previstos en los incisos A y C del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de la Administración Financiera”, lo que abarca a la Administración Central y los organismos descentralizados del Estado Nacional.

En ese sentido, la Ley Nº 24.156 precisa que el alcance de la prohibición incluye a los entes públicos con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, en los que el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio, al igual que las entidades públicas no estatales, donde el Estado tenga el control de las decisiones.

En un considerando, la resolución establece que “resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal”. No obstante, la restricción para las distintas modalidades de designaciones y contrataciones tiene una serie de excepciones, que están focalizadas en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el cuerpo diplomático, guardaparques, el Sistema Nacional del Manejo de Fuego, profesionales de hospitales, y personal penitenciario, de fuerzas armadas y de seguridad.

Por MDC INFO

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